Desde el 1 de enero de 2025, la retención aplicada a las boletas de honorarios aumentó al 14,5% siguiendo el cronograma establecido la Ley N° 21.133 de 2019. Esta alza reemplaza el porcentaje anterior del 13,75% vigente hasta el 31 de diciembre de 2024.
Ejemplo de retención de Boletas de Honorarios en 2025:
- Monto cobrado: $100.000
- Retención (14,5%): $14.500
- Monto recibido: $85.500
Este porcentaje de retención aumentará anualmente en un 0,75%, hasta alcanzar el 17% en 2028.
¿Por qué aumenta la retención?
La Ley N°21.133 estableció la cotización obligatoria para trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios, equiparándolos a los trabajadores dependientes en términos de cobertura previsional.
La retención busca garantizar el acceso a beneficios como:
- Asignaciones familiares.
- Seguro Social contra Accidentes y Enfermedades Profesionales (ATEP).
- Pensiones de invalidez, sobrevivencia y vejez.
- Sistema de salud.
- Seguro Ley SANNA (Acompañamiento para Niñas y Niños).
¿Cómo se gestionan las cotizaciones?
El cálculo de cotizaciones se realiza durante la Operación Renta por el Servicio de Impuestos Internos (SII). Los montos determinados son transferidos por la Tesorería General de la República (TGR) a las entidades previsionales correspondientes.
El aumento gradual de la retención en las boletas de honorarios busca garantizar que los trabajadores independientes tengan acceso a una protección social integral similar a la de los trabajadores dependientes. A pesar de que implique un menor ingreso líquido inmediato, este cambio asegura beneficios previsionales claves, tales como cobertura de salud, pensiones y seguros sociales, fortaleciendo la seguridad financiera a largo plazo para quienes emiten boletas de honorarios.
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